Diferencia entre revisiones de «Testamento vital»

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# La apelación a un comité profesional.
# La apelación a un comité profesional.
# La consideración de la voluntad del paciente manifestada previamente a la pérdida de la capacidad de razonar.
# La consideración de la voluntad del paciente manifestada previamente a la pérdida de la capacidad de razonar.
Precisamente en esta tercera posibilidad se sitúa el fenómeno en estudio, que puede recibir múltiples nombres: ''planificación
anticipada de atención'', ''directrices anticipadas de actuación o de tratamiento'', ''instrucciones previas'', ''testamento biológico o de vida o vital'', ''carta de autodeterminación…'' y en inglés se suele llamar '''living will''' o '''advance directives'''. Aunque en el lenguaje común se usa el término '''testamento''', es preferible llamarlo con el nombre de '''planificación anticipada''' o '''directrices anticipadas''', porque en sentido estricto no se trata de un testamento.


==Referencias==
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Revisión del 04:11 2 jun 2013

En el ámbito sanitario de las sociedades occidentales se ha ido introduciendo con creciente fuerza el principio de autonomía del paciente [1]. Esto ha llevado,entre otras cosas, a que éste pueda constituirse en parte activa, junto con el médico, en la toma de decisiones sobre el tratamiento que le va a ser aplicado estando enfermo. Sin embargo, no siempre es posible llevar a cabo tal decisión. Los accidentes graves imprevistos, la incapacidad mental sobrevenida o cualquier otra eventualidad que remueva la capacidad de razonar autónomamente del paciente imposibilitarán la apelación a su voluntad. Cuando se presenta esta dificultad, las alternativas que se ofrecen al personal sanitario son las siguientes [2]:

  1. La consulta a los familiares, tutores o representantes legales del paciente
  2. La apelación a un comité profesional.
  3. La consideración de la voluntad del paciente manifestada previamente a la pérdida de la capacidad de razonar.

Precisamente en esta tercera posibilidad se sitúa el fenómeno en estudio, que puede recibir múltiples nombres: planificación

anticipada de atención, directrices anticipadas de actuación o de tratamiento, instrucciones previas, testamento biológico o de vida o vital, carta de autodeterminación… y en inglés se suele llamar living will o advance directives. Aunque en el lenguaje común se usa el término testamento, es preferible llamarlo con el nombre de planificación anticipada o directrices anticipadas, porque en sentido estricto no se trata de un testamento.

Referencias

  1. Childress, J.F. (2008). Principles of Biomedical Ethics. New York: Oxford University Press. 
  2. Tomás y Garrido (2006). Cuestiones actuales de bioética. Barañain: EUNSA. p. 125.