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|título=Alma
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|cita=La idea de alma  ha sufrido una evolución desde el pensamiento antiguo y medieval, en el que era entendida como principio de vida (bien en un sentido universal y cósmico, bien en un sentido individual como principio de vida vegetativa, sensitiva e intelectual), al pensamiento moderno, en que es entendida o bien como conciencia o bien como sentimiento.
|cita=El tema de «Bioderecho» se constituye por la confluencia de tres disciplinas cuya síntesis se pretende: La ciencia acerca de la vida; la Ética acerca de la misma; las normas jurídicas de aplicación obligatoria.
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|título=Salud pública
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|sección=Artículo de actualidad
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|cita=La salud pública es el conjunto de actividades organizadas por las Administraciones públicas, con la participación de la sociedad, para prevenir la enfermedad así como para proteger, promover y recuperar la salud de las personas, tanto en el ámbito individual como en el colectivo y mediante acciones sanitarias, sectoriales y transversales.
|cita=Modernamente el término eutanasia se refiere a la conducta (acción u omisión) intencionalmente dirigida a terminar con la vida de una persona que tiene una enfermedad grave e irreversible, por razones compasivas y en un contexto médico.
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|título=Minusvalía mental
|título=Deontología médica
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|cita=La definición de retraso mental según la American Association on Mental Deficiency es el funcionamiento intelectual general significativamente inferior a la norma, originado durante el período de desarrollo y asociado a problemas en la conducta de adaptación.
|cita=Etimológicamente definida, la deontología es el estudio de las obligaciones y derechos, en este caso, de los médicos, siendo éstos tanto éticos como legales. La práctica médica se controla por Leyes y Normas dependiendo de cada país, pero además, también se controla por medio de un “código de conducta”, no impuesto por la ley y que es la ética médica.
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|título=Declaración de Lisboa
|título=Secreto profesional médico
|página=Declaración de Lisboa
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|cita=La relación entre los médicos, sus pacientes y la sociedad toda ha sufrido importantes cambios en los últimos años. Aunque el médico siempre debe actuar de acuerdo a su conciencia y en el mejor interés del paciente, se deben hacer los mismos esfuerzos a fin de garantizar la autonomía y justicia con el paciente. La Declaración de Lisboa representa algunos de los derechos principales del paciente que la profesión médica ratifica y promueve.
|cita=Desde los tiempos de Hipócrates la confidencialidad médica o «secreto profesional» quedaba protegida mediante obligación por juramento, y no se limitaba solo a los aspectos puramente clínicos, sino a todo aquello que rodea la persona en su ámbito privado: privacidad externa o del hacer y privacidad interna o del ser, la «intimidad», y todo ello como un derecho inherente a la dignidad de la persona humana y del respeto que esta merece.
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Revisión actual del 23:42 21 mar 2021

Biojurídica / Artículo científico
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El tema de «Bioderecho» se constituye por la confluencia de tres disciplinas cuya síntesis se pretende: La ciencia acerca de la vida; la Ética acerca de la misma; las normas jurídicas de aplicación obligatoria.
Eutanasia / Artículo de actualidad
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Modernamente el término eutanasia se refiere a la conducta (acción u omisión) intencionalmente dirigida a terminar con la vida de una persona que tiene una enfermedad grave e irreversible, por razones compasivas y en un contexto médico.
Deontología médica / Artículo básico
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Etimológicamente definida, la deontología es el estudio de las obligaciones y derechos, en este caso, de los médicos, siendo éstos tanto éticos como legales. La práctica médica se controla por Leyes y Normas dependiendo de cada país, pero además, también se controla por medio de un “código de conducta”, no impuesto por la ley y que es la ética médica.
Secreto profesional médico / Artículo destacado
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Desde los tiempos de Hipócrates la confidencialidad médica o «secreto profesional» quedaba protegida mediante obligación por juramento, y no se limitaba solo a los aspectos puramente clínicos, sino a todo aquello que rodea la persona en su ámbito privado: privacidad externa o del hacer y privacidad interna o del ser, la «intimidad», y todo ello como un derecho inherente a la dignidad de la persona humana y del respeto que esta merece.