Principio de justicia

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El último de los principios de la bioética abre un capítulo que, si bien estaba presente en la tradición ética clásica, aparece como relativamente nuevo para la ética médica [1].Incluye aquellas cuestiones que salen del ámbito individual y llaman en causa a la colectividad. Beauchamp y Childress señalan dos grandes problemas de justicia distributiva en ámbito sanitario en los países desarrollados. Por un lado la regulación del acceso a los servicios sanitarios. Por otro la distribución de los recursos médicos escasos,que cada vez son más frecuentes debido al elevado coste económico de los modernos procedimientos diagnósticos y terapéuticos,así como de las campañas de prevención.

Como en los apartados anteriores, señalamos a continuación aquellos aspectos que nos parecen de mayor resonancia moral. En realidad algunas de estas cuestiones han sido ya tratadas al hablar de las obligaciones de beneficencia en relación a las políticas sanitarias,que en muchos casos constituyen verdaderos problemas de justicia distributiva [2]. El principio de justicia busca resolver tanto las cuestiones que se presentan en la práctica médica habitual como la distribución de los recursos económicos que un estado destina a la sanidad.

Principio formal y principio material de justicia

Parten de una concepción aristotélica de justicia: «los iguales deben ser tratados igualmente, y los desiguales deben ser tratados desigualmente»[3].El problema aparece a la hora de pasar de este principio formal a las formulaciones materiales, ya que se han propuesto distintas alternativas [4].


Referencias

  1. Pellegrino, E.D (1993). «The Metamorphosis of Medical Ethics». JAMA (269): 1158-62. 
  2. Beuchamp; Childress,J.F, T.L (1979). Principles of Biomedical Ethics. New York: Oxford University Press. p. 5. 
  3. Principles of Biomedical Ethics. 1979. p. 227. 
  4. Principles of Biomedical Ethics. 1979. p. 228.